La revista Perú Indígena fue el órgano oficial del Instituto Indigenista Peruano (IIP), institución creada por Resolución Suprema el 15 de mayo de 1946. Dicho instituto fue dependiente del entonces Ministerio de Justicia y Trabajo, teniendo como labor fue el estudio del problema sobre la población indígena. Su sede estuvo ubicada en el jirón Juan Fanning 371. Las razones para la creación del IIP fueron las diversas discusiones sobre el papel de los pueblos indígenas en el Estado peruano. Al respecto, se manifestaron en su momento dos posturas: el de la presencia indígena como obstáculo a la constitución nacional y de que la nación tenía sus orígenes indígenas. La postura que tomó el IIP fue el de priorizar los factores culturales y pedagógicos, respectivamente, lo cual se vio reflejado en su revista.

La revista, de publicación irregular, tuvo como primer director al historiador y antropólogo peruano Luis E. Valcárcel. Entre los demás miembros con carácter ad-honorem de dicha institución figuraron: Jorge Antonio Encinas, Julio C. Tello, Carlos Monge, J. Uriel García, Manuel Gutiérrez Aliaga, Alberto Giesecke, Francisco Pastor, José Sabogal, entre otros.

En su primer número Perú Indígena presentó temas como la conformación del IIP a través de su organización, instalación de las comisiones, reglamentos, estatutos y temario. Además, acompañado también por los discursos y declaraciones autoridades políticas e intelectuales de la época. Otro tema de mayor relevancia es el de la creación del Instituto Indigenista Interamericano, cuya función fue la investigación científica referente al problema indígena. Dicho instituto sería suscrito por Cuba, Panamá, Paraguay, Costa Rica y Perú, y ratificado por El Salvador, Estados Unidos, México, Nicaragua, Honduras y Ecuador.

La variedad de artículos que se presentan en muchos de los ejemplares se clasifica a través de las secciones como: la biología general y humana (las características geográficas y climatológicas de las poblaciones indígenas de América, la fisiología adaptativa, la aclimatación congénita y adaptativa); lo antropológico (la determinación de las zonas geográficas de las poblaciones indígenas, los factores de natalidad, morbilidad y mortalidad que afectan a los grupos indígenas, la cuestión sobre el indio, los antecedentes desde las ciencias sociales y su desarrollo cultural de los grupos indígenas en los países americanos, las migraciones internas y externas, el folklore y su adaptación en las poblaciones en su etapa contemporánea y el mestizaje); lo socio-económico (las economías nacionales en América y su relación de los grupos indígenas, la producción primaria e industrial, distribución tradicional de la tierra agrícola y propiedad territorial, subalimentación, niveles de vida y regímenes de trabajo y salarios); la educación (el proceso educativo de los países americanos, la aptitud individual y colectiva del indígena ante la escuela, el aporte al proceso educativo del indígena como maestro, los elementos esenciales de la vida indígena y su elaboraciones de programas de trabajo escolar, la escuela rural y vocacional, la enseñanza oficial en la educación del indígena); y lo jurídico (la legislación general y especial sobre el problema indígena, la representación legal de las colectividades indígenas, la propiedad colectiva de las entidades, el indígena ante el derecho político y la ley penal).

Acerca de los antecedentes y la historia sobre la institucionalidad indígena en el Perú, un importante punto de partida fue el reconocimiento de ciertos derechos indígenas a través de la Constitución Política de 1920 durante el Oncenio del presidente Augusto B. Leguía, así como la creación de la Sección de Asuntos Indígenas en el Ministerio de Fomento, que fue promovido por el Comité Pro-Derecho Indígena Tahuantinsuyo. En 1922, se creó el Patronato de la Raza Indígena, que proporcionó el marco legal para atender los reclamos de las comunidades. En 1935, la Dirección de Asuntos Indígenas fue absorbida por el Ministerio de Salud Pública, Trabajo y Provisión Social, y en 1942, la Dirección de Trabajo y Asuntos Indígenas formó parte del Ministerio de Justicia y Trabajo. En 1969, durante la primera fase del Gobierno de Revolucionario de las Fuerzas Armadas, y a través del Decreto Ley N° 17524, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo es establecido la Dirección General de Integración Indígena cuya función fue establecer una política de integración de la población indígena, promoción económica, social y cultural y hacer valer el cumplimiento de las leyes a favor de las comunidades. En la década de 1990, dicha institución se integró a la Dirección General de Comunidades Campesinas y Nativas del Ministerio de Trabajo y Promoción Social y para despuesta ser transferido al Ministerio de Agricultura y adscrito como órgano dependiente del Viceministerio de Agricultura. En 1996, el IIP pasó a ser absorbido por el Ministerio de Promoción de la Mujer del Desarrollo Humano (Promoduh), y luego ser instaurado como la Unidad de Programa de Poblaciones Indígenas (UPPI) que sería ser una Oficina de Desarrollo Productivo.

Existencias digitalizadas:

  • Los siguientes números pueden ser consultados a través de la Biblioteca Virtual del Ministerio de Cultura:
    • Vol. I, 1948: nro. 1
    • Vol. I, 1949: nro. 2
    • Vol. I, 1951: nro. 3
    • Vol. III, 1952: nro. 7/8
    • Vol. IV, 1952: nro. 9
    • Vol. IV, 1953: nro. 10/11
    • Vol. V, 1953: nro. 12
    • Vol. V, 1953: nro. 13
    • Vol. VI, 1957: nro. 14/15
    • Vol. VII, 1958: nro. 16/17
    • Vol. VIII, 1959: nro. 18/19
    • Vol. IX, 1961: nro. 20/21
    • Vol. X, 1963: nro. 22/23
    • Vol. X, 1963: nro. 24/25
  • Existencias no digitalizadas:
    • Vol. II, 1952: nro. 4
    • Vol. II, 1952: nro. 5-6
    • Vol. XI, 1967: nro. 26
    • Vol. XII, 1988: nro. 27
    • Vol. XII, 1990: nro. 28
    • 1991: nro. 29
  • Índice

Créditos:

Elaborador: Camacho Mejía, Francisco

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